Views: 14

.

.

Se hacen MODIFICACIONES al Código Civil de la CdMx, las cuales entrarán en vigor a partir de esta semana, AHORA se deberá tomar en cuenta lo siguiente:

Convenios de Divorcio:

  • Designación del domicilio, se DEBE señalar Fecha y Hora de salida para que el cónyuge desocupe el domicilio.
  • Los Animales de Compañía deben considerar en la liquidación de la sociedad. (Inventario)
  • Compensación al cónyuge, aún cuando tenga bienes pero estos sean notoriamente menores al del otro.

.

Deudores Alimentarios:

  • Ahora BASTAN 60 días de incumplimiento para ingresar al Registro de Deudores Alimentarios.

.

Medidas Precautorias para salvaguardar la integridad y seguridad de las víctimas de violencia
familiar:

  • Desocupación de la persona agresora del domicilio donde habite la víctima.
  • Prohibiciones para al agresor de:
    • Acercarse o ingresar al domicilio, lugar de trabajo o de estudios de la víctima o cualquier otro sito que frecuente.
    • Comunicarse con la víctima, por sí o por interpósita persona por cualquier medio incluyendo redes sociales.
    • Enajenar o hipotecar bienes de la sociedad conyugal o los que se encuentren en el domicilio común en caso de concubinato, y
    • Ordenar la entrega INMEDIATA de objetos de uso personal y documentación de identidad de la víctima.
    • Suspensión del régimen de visita y convivencias.
    • Las demás las que están dispuestas en la Leyes para las mujeres a una vida libre de violencia.
    • La Sentencia DEFINITIVA se determinarán las medidas que deberán ser PERMANENTES, así como la forma de su cumplimiento.

.

Medidas de Oficio durante el proceso de divorcio se agregan:

  • Proteger integralmente a la mujer que se encuentre embarazada
  • Girar los oficios necesarios para conocer la capacidad económica del deudor alimentista.

.

Si estas en el Extranjero nosotros somos tu mejor alternativa para velar por tus intereses, escríbenos o llámanos al Tel 55581-11311.

.

Cuando necesites ayuda, asistencia o planeación legal, solicita Cita Privada Aquí

La información que AQUÍ te presentamos deriva de los Periódicos Oficiales de la CdMx, Estado de Mex., Diario Oficial de la Federación, Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo tanto es de aplicación OBLIGATORIA

La información de hoy procede de la Gaceta de la CdMx.

AYÚDANOS para que más personas conozcan esta información, Compártelo en tus redes sociales.

Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

error: Evita copiar el contenido, mejor compartelo