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Este ANTECEDENTE:

Surge después de que una trabajadora del Hogar demandó (2017) la indemnización reglamentaria por despido injustificado y solicitó que, para la cuantificación, al salario base se integrara la retribución del 50 % por alimentos y habitación, prevista en el artículo 334 de la Ley Federal del Trabajo, debido a que su jornada de trabajo era de las 9:00 a las 18:00 horas de lunes a viernes.

. La Suprema Corte de Justicia a través de su Tribunal Colegiado de Circuito, DETERMINÓ que se DEBE Justificar y demostrar que se generó el derecho de alimentos y habitación para poderlos integrar al salario indemnizatorio de las personas trabajadores del hogar. Ya que sólo cuando por el tiempo y las condiciones en que se prestaba el servicio y si no habitó en el domicilio, pero por el horario desarrollado sí se generó este derecho el cual será únicamente al 25%.

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Esta resolución está disponible para quien la Haga Valer.

Tesis LABORAL

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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