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Se EMITE la NORMA Oficial Mexicana NOM-038-STPS-2024 la cual tiene la finalidad de Proteger a Menores de edad de riesgos en la realización de actividades: Agrícolas, Forestales, de Aserrado, Silvicultura, de Caza y Pesca. Esto conforme al artículo 176 de la Ley Federal del Trabajo, fracción II, numeral 8, relativas a estas labores.

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En ella se clasifican las actividades mencionadas y así los PATRONES pueden identificar aquellas de menor riesgo y que NO Impliquen el uso de químicos, manejo de maquinaria y vehículos pesados.

Clasificación:

  • Clasificación de las actividades agrícolas, forestales, de aserrado, silvícolas, de caza y pesca.
  • Labores peligrosas o insalubres:

Las referidas en el Art. 176 de la Ley Federal del Trabajo, incluidas las de la fracción II, Numeral 8, relativas a labores agrícolas, forestales, de aserradero, silvícolas, de caza y pesca, que impliquen el USO de sustancias químicas peligrosas o mezclas, manejo de maquinaria vehículos pesados.

Actividades de MENOR riesgo:

Las de tipo administrativo, en las que se excluye la operación de cualquier tipo de sustancias químicas peligrosas o sus mezclas, manejo de maquinaria y vehículos pesados.

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Esta NOM aplica a todos los centros de trabajo del país que cuenten con trabajadores menores, de más de 15 años cumplidos y menos de 18 años, que desarrollen labores, tareas o trabajos en las actividades agrícolas, forestales, de aserrado, silvícolas, de caza y pesca.

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La STPS será la responsable de vigilar el cumplimiento de esta Norma, la cual entrará en vigor a los 180 días naturales posteriores de la fecha de su publicación. Además, NO requiere de la consulta de otras normas para su aplicación.

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La información de hoy procede del Diario Oficial.

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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