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Se reforma al inciso A, numeral 2 del artículo 3 de la Constitución de la CdMx, con ello “dicen” se armoniza con la Constitución Federal en su artículo 27 y así “dicen” buscan dejar claro que el gobierno capitalino RESPETARÁ la Propiedad PRIVADA, Pública y Social.

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De esto TRATA el Artículo 27 Constitucional:

  • Tierras Originariamente de la Nación, y ceder su dominio.
  • Expropiación por causa de Utilidad Pública.
  • Impone a la Propiedad Privada MODALIDADES según intereses públicos.
  • Recursos Naturales.
  • Mares y Aguas.
  • Explotación de Tierras y Aguas SOLO por Concesionarios.
  • Petróleo e Hidrocarburos.
  • Combustibles Nucleares.
  • Zona Ecológica exclusiva A la orilla del mar.
  • Más 20 situaciones especiales que se refieren a la Adquisición de Tierras y Aguas.
  • XVIII (Revisables TODAS las concesiones)

Da click aquí para ver completo el articulo 27 de la Constitución Política de nuestro País…

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La información de hoy procede de la Gaceta de la CdMx.

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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