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La Secretaria de Turismo publica las reglas y aspectos que deberán cumplir los pueblos y localidades de todo nuestro territorio que deseen incorporarse al programa “Pueblos Mágicos” o bien seguir permaneciendo en él.
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Debemos decir que dicho programa tiene ya 13 años brindando apoyo a los lugares que se les da el título de Pueblo Mágico, este apoyo está basado fundamentalmente en hacer del turismo una actividad que contribuya a elevar los niveles de bienestar de la población receptora, mantener y acrecentar el empleo, fomentar y hacer rentable la inversión, así como fortalecer y optimizar el aprovechamiento racional de los recursos y atractivos naturales y culturales pero siempre con la actuación básica de la sociedad.
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Aquí algunos de los aspectos que se deberán cubrir para gozar de los beneficios de este programa.
El proceso de incorporación iniciará con la publicación de la Convocatoria la cual estará disponible en su portal web www.sectur.gob.mx.
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Para obtener el folio, las Localidades aspirantes deberán remitir por sí mismas, a través de la autoridad municipal o, en su caso, por la autoridad estatal, los siguientes documentos, en los términos y plazos previstos en la Convocatoria:
I. Documento que acredite la existencia de un área o unidad administrativa oficial, encargada de la atención del turismo en la Localidad aspirante;
II. Directorio de prestadores de servicios turísticos;
III. Inventario de recursos y atractivos turísticos de la localidad aspirante y municipio (resaltar los inmuebles declarados o de ser susceptibles de catalogarse como zona de monumentos históricos, por algunas instituciones de nivel estatal o federal);
IV. Datos e información georreferenciada sobre las condiciones de conectividad, comunicación y cercanía a los centros urbanos de distribución (distancia en kilómetros y/o tiempos de recorrido), y
V. Plan o Programa de Desarrollo Turístico Municipal.
Los documentos remitidos únicamente tendrán efecto de registro, por lo que estarán sujetos a validación por parte de la Secretaría. La validación de los documentos será informada a la Localidad aspirante, a través del medio de contacto establecido en su registro
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Este reglamento consta de 20 artículos y entrará en vigor a partir de hoy.
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Dar click para ver reglamento completo…..