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Con el fin de evitar conductas violentas y prevenir el acoso escolar, mejor conocido como bullying, el gobierno del Estado de México realiza modificaciones a la Ley de Educación y a la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de México.

Con respecto a la Ley de Educación estable que las autoridades educativas tendrán la obligación de:

** Establecer y vigilar la aplicación de los mecanismos para diagnosticar, prevenir, evitar, sancionar y eradicar la
violencia, el hostigamiento, la intimidación y cualquier acto considerado como acoso escolar entre los alumnos de las
instituciones educativas públicas y privadas del Estado de México.

** Vigilar que cada institución educativa del Estado realice, las acciones necesarias para diagnosticar, prevenir, evitar, sancionar y erradicar la violencia, el hostigamiento y la intimidación entre escolares en cualquiera de sus manifestaciones.

** Detectar, atender, denunciar de inmediato ante la autoridad escolar, administrativa o ministerial competente y sancionar, los hechas de violencia, intimidación, hostigamiento, discriminación, difamación y cualquier otra manifestación que constituya acoso entre estudiantes, incluyendo aquellos que se comprometan por medios telefónicos, electrónicos o informáticos y sobre los que hayan sido testigos o hayan sido informados.

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Y con referencia Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes se agrega todo un capítulo de PREVENCIÓN DEL ACOSO ESCOLAR el cual determina entre otras cosas lo siguiente:

Se considera acoso escolar cuando al menos una persona se sienta ofendida en una interacción en la que participan dos o más individuos y se presente de manera reiterada en ámbitos escolares.
Para la pr vención y erradicación del acoso escolar se consideran como partes a tratar:
a) Agresor, entendiendo a éste como el sujeto activo de la agresión;
b) Agredido, es quien recibe el acoso por parte del agresor;
c) Auspiciadores, son quienes favorecen la conducta violenta del agresor, como testigos pasivos o incitadores de la
violencia.

La Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia, tendrá competencia para la prevención y eliminación de conductas de acoso escolar en las escuelas públicas y privadas del Estado de México, así como el control estadístico deincidencia.

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Dar click para ver información completa…..

Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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