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Los delitos electorales son aquellas acciones u omisiones que lesionan o ponen en peligro el adecuado desarrollo de la función electoral y atentan contra las características del voto que debe ser universal, libre, directo, personal, secreto e intransferible.
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Por lo anterior el Gobierno de la CD.MX realizó reformas al Código Penal las cuales fueron publicadas en día de ayer en su Gaceta Oficial aquí algunos de los nuevos conceptos de delitos y las penas que se impondrían a quien o quienes las cometan:
**De 6 meses a 3 años de prisión a quienes: Presionen a electores a abstenerse de emitir su voto; la pena aumenta hasta el doble a quien ejerza violencia contra los funcionarios electorales. (Art. 353).
**La fracc. XIII marcaba que durante 8 días previos a las eleciones o procesos no se podría difundir resultados de encuentas o sondeos de opicion, ahora se disminuyen los días y solo serán 3 días previos a elecciones. (Art. 353 fracc. XIII)
** De 1 a 6 años de prisión a quien: No compruebe o justifique los gastos ordinarios, de eventos proselitistas de campaña; quien solicite votos por paga, promesa de dinero, recompensa o cualquier otra contraprestación y además oculte, altere o niegue información que le sea legalmente requerida por la autoridad electoral (Art. 356 fraccs. IX, X y XI)
**De 2 a 7 años de prision a funcionarios partidistas u organizadores de actos de campaña que aprovechen ilicitamente fondos, bienes o servicios que tenga a su disposición en virtud de su cargo, al apoyo de un partido político, candidato o planilla. (Art. 356 Bis)
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Dejamos a tu disposición la siguiente información para que puedas realizar tu denuncia ante la FEPADE
Domicilio: Boulevard Adolfo López Mateos, No. 2836, Delegación Álvaro Obregón, Colonia Tizapán, San Ángel, C.P. 01090, Ciudad de México.
Teléfonos: (01 55) 5346-3101 / (01 55) 5346-3100 y al 01800-8337233
Denuncia online: Fepadenet
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