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Pérdida o Suspensión de Patria Potestad…
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sostuvo que es ilegal sancionar al padre o madre alienadora con la pérdida o supención de la patria potestad. Y determina que los Jueces deberán considerar el interés superior de los menores conforme a sus necesidades y circunstancias del caso antes de decretar la pérdida de la patria potestad.
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Recordemos que es la Alienación Parental:
Este Síndrome es un conjunto de síntomas, que se produce en los hijos, cuando un progenitor, mediante distintas estrategias, transforma la conciencia de los niños con objeto de impedir, obstaculizar o destruir sus vínculos con el otro progenitor.
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Fuente: SCJN Comunicado del 12 nov 2019
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