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A partir de septiembre hay NUEVO REGLAMENTO para la Planeación y Regularización del Ordenamiento Territorial y de los Asentamientos Humanos además del Desarrollo Urbano del Edo. de México, dejando sin efectos el reglamento del 28 de julio de 2016
Los asuntos que se encuentren en trámite antes de la entrada en vigor del presente Reglamento, serán tramitados y resueltos conforme a las disposiciones vigentes a su inicio.
Las infracciones a este reglamento son:
- CLAUSURA provisional o definitiva, parcial o total del uso y aprovechamiento del suelo y de las instalaciones;
- DEMOLICIÓN parcial o total de construcciones;
- REVOCACIÓN de las autorizaciones, licencias o permisos otorgados;
MULTAS
de:- 1,000 a 1,500 UMAS a quienes violen los acuerdos de autorización de los conjuntos urbanos y de los usos que generan impacto.
- De 10 a 5000 UMAS tratándose de hechos que transgredan disposiciones jurídicas en la materia, incumplimientos de obligaciones de las autorizaciones emitidas por las autoridades estatales o municipales.
La información que te presentamos deriva de los Diarios Oficiales emitidos en la CdMx, Estado de Mex., Diario Oficial de la Federación y Suprema Corte de Justicia de la Nación.
La información de hoy procede de la Gaceta del Edo. México, págs. 15 a la 88.
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