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A partir de hoy se aplica el Nuevo Reglamento para Investigadores Nacionales.
En 80 artículos están contenidas todas las actividades, funciones, requisitos y todo aquello concerniente al Sistema Nacional de Investigadores
Por ejemplo, estos son los requisitos para ser Considerado Investigador:
- Cuente con DOCTORADO o con estudios equivalentes de doctorado en medicina;
- Realice habitual y sistemáticamente actividades de investigación científica o tecnológica, formación de comunidad científica, actividades de docencia, y actividades en favor del acceso universal al conocimiento y el fortalecimiento de las vocaciones científicas;
- Presente los productos del trabajo debidamente documentados, mediante el mecanismo que se indique en la convocatoria correspondiente;
- La investigación que realice sea de acceso social y público del conocimiento, sin pasar por alto lo establecido en la Ley de Derechos de Autor, Ley de Propiedad Intelectual y demás legislación aplicable;
- Se desempeñe en México, cualquiera que sea su nacionalidad, o sea persona de nacionalidad mexicana que realice actividades de investigación en el extranjero;
- Para el caso de Cátedras CONACYT, se entenderá que desempeñan sus actividades de investigación científica o tecnológica en la Institución beneficiada a la cual fueron comisionados en los términos establecidos por la normatividad aplicable; y
- Cumpla con los criterios de selección del NUEVO REGLAMENTO.
La información que AQUÍ te presentamos deriva de los Diarios Oficiales emitidos en la CdMx, Estado de Mex., Diario Oficial de la Federación y Suprema Corte de Justicia de la Nación.
La información de hoy procede del Diario Oficial
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5600871&fecha=21/09/2020
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