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Con argumento de la AUSTERIDAD republicana ahora se DIFERENCIAN los siguientes AGUINALDOS:

  • 40 días a servidores públicos de Dependencias y Entidades, regulados por la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.
  • 40 días al personal del Servicio Exterior Mexicano y asimilados a este, que se encuentre cumpliendo funciones en las representaciones de México en el extranjero.
  • 40 días a el personal MILITAR en activo
  • 40 días a PENSIONISTAS militares, civiles, de gracia o los deudos de esas personas a quienes se les haya otorgado una pensión del ISSSTE con cargo al erario federal. 
  • 20 días a El personal de ENLACE y MANDO de las Dependencias y Entidades, así como el personal del Servicio Exterior Mexicano que se encuentre cumpliendo funciones en territorio nacional.

Las personas físicas contratadas para prestar sus servicios profesionales bajo el régimen de HONORARIOS recibirán por concepto de aguinaldo el monto equivalente que corresponda al aguinaldo que se otorgue al personal con plaza presupuestaria que tenga el nivel equivalente.

Con esta determinación los recursos que se entreguen serán motivantes para compras del Buen Fin.

Además el Presidente REGRESARA su aguinaldo de 40 días.

Lo que es importante RECORDAR es que lo Salarios NO PUEDEN disminuirse y los aguinaldos son parte de estos Salarios; por lo que si algún funcionario público ve reducidas sus prestaciones pueden realizar los procedimientos contra estas medidas ante la Junta de Conciliación y Arbitraje Federal.

La información que AQUÍ te presentamos deriva de los Periódicos Oficiales de la CdMx, Estado de Mex., Diario Oficial de la Federación, Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo tanto es de uso Obligatorio

La información de hoy procede del Diario Oficial

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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