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Se emite la nueva LEY DE ARCHIVOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, dejando sin efectos la Ley de Archivos del Distrito Federal.

La Nueva ley cuenta con:

  • 117 artículos
  • Entra en vigor a partir de Hoy
  • Determina que se sancionará con hasta 10 años de cárcel y multas de hasta $260,640.00 a quien cometa los siguientes actos:
    • Sustraiga, oculte, altere, mutile, destruya o inutilice, total o parcialmente, información y documentos.
    • Transfiera la propiedad o posesión, transporte o reproduzca, sin el permiso correspondiente, un documento considerado Patrimonio Documental de la Ciudad;
    • Traslade fuera del territorio de la CdMx documentos considerados Patrimonio Documental de la Ciudad, sin autorización del Archivo General
    • Mantenga, injustificadamente, fuera del territorio de la Ciudad, documentos considerados Patrimonio Documental de la Ciudad, una vez fenecido el plazo por el que el Archivo General de la ciudad le autorizó la salida,
    • Destruya documentos considerados Patrimonio Documental de la Ciudad.
    • Persona que altere o destruya documentos relacionados con violaciones graves a derechos humanos, alojados en algún archivo de la CdMx., sea de trámite, concentración o histórico.

El Consejo de Archivos cuenta con 6 meses para elaborar el Reglamento correspondiente, a partir de la entrada en vigor de la ley.

La información que AQUÍ te presentamos deriva de los Periódicos Oficiales de la CdMx, Estado de Mex., Diario Oficial de la Federación, Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo tanto es de aplicación Obligatoria

La información de hoy procede de la Gaceta de la CdMx.

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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