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A partir de HOY la Brigada de Protección Animal de la Policía de la CdMx, PODRÁ ENTRAR a los domicilios sin Orden Judicial, donde se este cometiendo el Delito de Maltrato o Crueldad Animal.
Esto será posible debido a la Reforma hecha al artículo 10 bis de la Ley de Protección de Animales de la CdMx.
La Secretaria de Seguridad Pública SÓLO podrá irrumpir en un domicilio al momento en que se esté cometiendo el delito de MALTRATO y/o teniendo datos ciertos, derivados de una apreciación directa, siendo determinante e inaplazable su intervención.
En esta reforma se contempla que los policías que realicen el rescate deberán realizar un informe detallado de su entrada al domicilio.
Las PENAS que se le impondrán a las personas detenidas serán:
Quién: | Cárcel | Multa |
Realice actos de maltrato o crueldad en contra de cualquier especie animal no humana, causándole lesiones de cualquier tipo sin poner en peligro la vida del animal | De 6 meses a 2 años | De 50 a 150 días $4,344.00 a $13,032.00 |
Realice actos de maltrato o crueldad en contra de cualquier especie animal no humana, causándole la muerte | De 2 a 4 años | De 200 a 400 $17,376.00 a $34,752.00 |
La información que AQUÍ te presentamos deriva de los Periódicos Oficiales de la CdMx, Estado de Mex., Diario Oficial de la Federación, Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo tanto es de aplicación OBLIGATORIA
La información de hoy procede de la Gaceta de la CdMx.
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