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Ahora serán aceptados como medios de identificación:

I. Credencial de servicios médicos emitida por una institución pública de salud o seguridad social, con fotografía cancelada con el sello oficial de la institución; asimismo, deberá contener nombre, firma y cargo de quien la expide. En el caso de credenciales en formato digital, podrán ser aceptadas aun cuando el sello no cancele la fotografía;

II. Credencial para jubilados o pensionados emitida por una institución de seguridad social, con fotografía cancelada con el sello oficial; asimismo, deberá contener nombre, firma y cargo de quien la expide. En el caso de credenciales en formato digital, podrán ser aceptadas aun cuando el sello no cancele la fotografía, y

III. Credencial Nacional para Personas con Discapacidad emitida por el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.

Este entre otras Adiciones y Cambios ……

Ver todos los requisitos Oficiales ………

Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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