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La Secretaria de ECONOMIA dará NUEVOS créditos a pagar en 3 años …….
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Será para Personas microempresarias que, ante las afectaciones del COVID-19, enfrentan dificultades para la permanencia de sus actividades productivas
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En las siguientes MODALIDADES:
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I. Microempresa FAMILIAR
Criterios de elegibilidad:
a) Haber sido registrada o iniciado el trámite de registro en 2020 por la SEBIEN a través de las Delegaciones Estatales, los Centros Integradores y el recorrido en campo por parte de las Personas Servidoras de la Nación;
b) Manifestar tener una microempresa no agropecuaria o, en su caso, ser una persona que trabaja por cuenta propia o una persona prestadora de servicios de acuerdo con la información del Censo del Bienestar, y
c) Contar con un local, establecimiento o instrumento de trabajo.
Requisitos:
Haber atendido la verificación telefónica o presencial, en su caso, que realizará el personal autorizado de la SEBIEN a las potenciales personas beneficiarias, quienes aplicarán una encuesta breve y solicitarán la información siguiente, recopilada por medios electrónicos:
– Documento de Identificación oficial;
– Foto del negocio o instrumentos de trabajo, y
– Aceptar el apoyo con un “Sí” a pregunta expresa.
Por medios electrónicos podrá considerarse el uso de correo electrónico, fotografías enviadas a través de mensajes en aplicaciones de mensajerías y demás medios que se consideren adecuados por parte de la SEBIEN.
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II. Empresas CUMPLIDAS
Criterios de elegibilidad:
Serán elegibles aquellas personas FÍSICAS que:
a) Sean mayores de 18 años;
b) Se encuentren incorporadas en alguno de los regímenes fiscales RIF o RAE activo;
c) Cuando se trate de microempresas en actividades esenciales, haber mantenido al 30 de noviembre de 2020, al menos el promedio de personas empleadas registradas en el IMSS durante los meses de agosto a octubre de 2020;
d) Cuando se trate de microempresas en actividades no esenciales, haber mantenido al 30 de noviembre de 2020 al menos el 85% del promedio de personas empleadas registradas en el IMSS durante los meses de agosto a octubre de 2020;
e) No se encuentren inscritos en el buró de la UDP, y
f) No hayan recibido el apoyo económico del programa en el ejercicio fiscal 2020.
Serán elegibles aquellas personas MORALES que:
a) Cuenten con un registro activo ante el SAT;
b) Cuando se trate de microempresas en actividades esenciales, haber mantenido al 30 de noviembre de 2020 al menos el promedio de personas empleadas registradas en el IMSS durante los meses de agosto a octubre de 2020;
c) Cuando se trate de microempresas en actividades no esenciales, haber mantenido al 30 de noviembre de 2020 al menos el 85% del promedio de personas empleadas registradas en el IMSS durante los meses de agosto a octubre de 2020;
d) No se encuentren inscritos en el Buró de la UDP, y
e) No hayan recibido el apoyo económico del programa en el ejercicio fiscal 2020.
Para la definición de las actividades esenciales y no esenciales se tomarán como base los listados publicados por las autoridades competentes.
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III. Mujeres Solidarias
Criterios de elegibilidad:
Serán elegibles aquellas personas físicas que cumplan los siguientes criterios de elegibilidad:
a) Sean mujeres;
b) Sean mayores de 18 años;
c) Se encuentren incorporadas en alguno de los regímenes fiscales RIF o RAE activo;
d) No se encuentren inscritas en el buró de la UDP, y
e) No hayan recibido el apoyo económico del programa en el ejercicio fiscal 2020.
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REQUISITOS:
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La información que AQUÍ te presentamos deriva de los Periódicos Oficiales de la CdMx, Estado de Mex., Diario Oficial de la Federación, Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo tanto es de aplicación OBLIGATORIA
La información de hoy procede del DOF.
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