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La Suprema Corte DETERMINA que las Personas Físicas o Morales que expidan comprobantes fiscales digitales (CFDI) que amparen operaciones efectuadas con el Público en General y que NO CUMPLAN con los requisitos y términos que el Código Fiscal, su reglamento y reglas especifican se harán acreedores a multas que van desde $1,490.00 y hasta $97,330.00.
Ya que todo contribuyente está obligado a emitir invariablemente la factura de los actos o actividades que realiza, así como los ingresos que perciba de los servicios u operaciones con el Público en General
Esta Tesis puede argumentarse desde esta semana.
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La información de hoy procede de la SCJN
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