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La Suprema Corte (SCJN), DETERMINO que es Inconstitucional la Exigencia de que los testigos, además de poner su Firma asienten su NOMBRE de puño y letra.
Lo anterior deriva de un juicio civil en el que se declaro la nulidad de un testamento público abierto, por no satisfacer el requisito establecido en el art. 2846 del Código Civil del Edo. de Jalisco donde dice que un testamento sólo será valido si los testigos escriben de puño y letra su nombre debajo de su firma.
La SCJN determinó que este requisito carece de PROPORCIONALIDAD ya que el nombre del testigo puede quedar impreso a través del medio tecnológico que se use para lograr la impresión del testamento y los TESTIGOS solo estampar su firma
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La información que AQUÍ te presentamos deriva de los Periódicos Oficiales de la CdMx, Estado de Mex., Diario Oficial de la Federación, Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo tanto es de aplicación OBLIGATORIA
La información de hoy procede de la SCJN
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