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Una vez probando que se realizo en solitario …………………..
Ayer esta era la redacción del Código Penal para el DF en su:
ARTÍCULO 362. Se le impondrán de 5 a 30 años de prisión y suspensión de derechos políticos hasta por 10 años, al que mediante la utilización de sustancias tóxicas, por incendio, inundación o violencia extrema, realice actos en contra de las personas, las cosas o servicios públicos, que perturben la paz pública o menoscaben la autoridad del Gobierno del Distrito Federal, o presionen a la autoridad para que tome una determinación.
Hoy esta la nueva redacción:
ARTÍCULO 362. Se les impondrán de 2 a 7 años de prisión y suspensión de derechos políticos hasta por 10 años, a LOS que mediante la utilización de sustancias tóxicas, por incendio, por inundación o violencia, realicen actos en contra de las personas, de los bienes públicos o privados o servicios públicos que perturben la paz pública.
La reincidencia se estará a lo que establezca éste Código
Aquí la publicación oficial …….
CUADRO COMPARATIVO POR POSIBLES DELITOS COMETIDOS POR VANDALOS EL 1 DE DICIEMBRE DEL 2012 (5)