Views: 58
.
Esta SUSPENSIÓN se da por que el Juez 2o de Distrito en Materia Administrativa Especializado en:
- COMPETENCIA ECONÓMICA,
- RADIODIFUSIÓN y
- TELECOMUNICACIONES
- Al analizar la suspensión solicitada por quienes solicitaron el Amparo de la Justicia Federal (quejosas) resolvió:
- Conceder la MEDIDA CAUTELAR solicitada
- Con ello las cosas se deben mantener en el estado en que se encontraban hasta antes del decreto
- El Juez ADEMAS resolvió dando alcances de EFECTOS GENERALES (para todos)
- ORDENANDO el propio juez realizar las gestiones para que se haga una PUBLICACIÓN en el Diario Oficial de la Federación en la que se informe que:
- Durante la vigencia de la medida cautelar, Se SUSPENDAN todos los efectos y consecuencias derivados del “Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de marzo del 2021.
- Y por lo tanto se restablece PROVISIONALMENTE la vigencia de los artículos 3°, 4°, 12, 26, 35, 53, 101, 108 y 126, así como el régimen transitorio que estaba previsto en la legislación hasta ANTES de la entrada en vigor de dicho Decreto.
.
Cuando necesites ayuda, asistencia o planeación legal, solicita Cita Privada Aquí
La información que AQUÍ te presentamos deriva de los Periódicos Oficiales de la CdMx, Estado de Mex., Diario Oficial de la Federación, Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo tanto es de aplicación OBLIGATORIA
La información de hoy procede del DOF
AYÚDANOS para que más personas conozcan esta información, Compártelo en tus redes sociales. 😷