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En Materia Administrativa se RESOLVIÓ que el hecho de NO publicarse en el Diario Oficial un Documento técnico complementario que haga referencia a las Resoluciones de Misceláneas Fiscales en cuyo texto se detalle la información que deben contener los archivos de Contabilidad Electrónica, NO VIOLA los principios de legalidad y de seguridad jurídica, pues basta que éste se encuentre en la página del SAT, para que los Contribuyentes estén obligados a cumplir con sus obligaciones tributarias y procesos de fiscalización sin necesidad de que sea publicado en el Diario Oficial de la Federación.

. Esta Resolución se da en Tribunales Colegiados, mediante Jurisprudencia Administrativa, la cual es de aplicación nacional y obligatoria para quien la invoque.

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La información que AQUÍ te presentamos deriva de los Periódicos Oficiales de la CdMx, Estado de Mex., Diario Oficial de la Federación, Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo tanto es de aplicación OBLIGATORIA

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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