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Es inconstitucional que exista un plazo determinado para realizar un ABORTO cuando se trate de un caso de Violación.
Lo anterior lo determina debido a que en 2018 se le negó la interrupción del embarazo a una joven de 17 años con parálisis cerebral victima de una violación. debido a que su gestación había cumplido ya los 90 días dictados en el Código Penal de su estado (CHIAPAS).
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Al analizar el caso la Primera Sala de la Corte Determina que la limitación temporal para abortar en caso de violación implica un total desconocimiento de la dignidad humana y del libre desarrollo de la personalidad de las mujeres.
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