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La Suprema Corte de Justicia, a través de la 2da. Sala, RESOLVIÓ que las Mujeres que son Despedidas por Embarazo tienen DERECHO a la Reinstalación y Pago de Salarios Caídos, SIN IMPORTAR sin son trabajadoras de “BASE” o de “CONFIANZA”.
Lo anterior es debido que aun cuando la Constitución Federal prevé como regla general que los trabajadores de confianza carecen de estabilidad en el empleo, el artículo 123 hace una excepción a esta regla dirigida precisamente a las trabajadoras embarazadas, sin distinguir entre nombramientos de base y de confianza, por lo que no existe prohibición constitucional para haber determinado lo arriba expuesto.
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