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La Suprema Corte de Justicia de la Nación DETERMINO el pasado 9 de abril del actual, que los Jueces Penales tienen PROHIBIDO tratar asuntos sujetos a proceso con alguna de las partes involucradas sin que esté presente la otra.

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Ahora con el comunicado del 28 de julio REITERA que dicha determinación obliga a que el acusador y la defensa estén presente en todo el procedimiento judicial para que la contienda se desarrolle en igualdad de condiciones para ambas partes, a fin de que los jueces generen una opinión propia de los hechos sometidos a debate y sea el vigilante de las reglas procesales.

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Además, la SCJN establece que si los Juzgadores INFRINGIERAN este mandato y llegaren a reunirse con alguna de las partes sin estar presente la otra, estarían violando las leyes del procedimiento.

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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