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La Suprema Corte INVALIDO el artículo 10 Bis de la Ley General de Salud en el cual se establecía que los médicos podrían abstenerse de participar en la prestación de servicios, pero no así cuando la vida de los pacientes se ponga en riesgo o se trate de una emergencia; negarse podría derivar en responsabilidades profesionales.
Lo anterior fue porque la corte considera que no tiene limites claros con forme a la actuación del personal médico.
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El día de hoy la corte debatirá los lineamientos para regular la nueva objeción de conciencia la cual deberá ser legislada por el congreso.
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