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La Primera Sala de la Suprema Corte REITERA el deber de los órganos jurisdiccionales de recabar y ordenar de oficio las pruebas necesarias para visibilizar las situaciones de violencia, vulnerabilidad y discriminación por razones de género en casos de violencia familiar.

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En este sentido, la Sala precisó que, si una de las partes de la contienda de violencia familiar está en una situación de debilidad frente a su presunto agresor, resulta justificado que el juzgador remedie la inequidad en que se encuentran las partes al actuar de manera oficiosa, por lo ordena que los Jueces deberán recabar y ordenar las pruebas que considere pertinentes para el esclarecimiento de la verdad, en aquellas controversias de violencia familiar en las que estén involucrados los derechos de las personas que pertenezcan a un grupo vulnerable, y que sirvan para analizar las situaciones de violencia por género o bien las circunstancias de desigualdad provocadas por los estereotipos de género y con ello la SCJN busca de garantizar el acceso a la justicia en igualdad de condiciones a todas las personas.

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La información que AQUÍ te presentamos deriva de los Periódicos Oficiales de la CdMx, Estado de Mex., Diario Oficial de la Federación, Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo tanto es de aplicación OBLIGATORIA.

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La información de hoy procede de la página oficial de la SCJN

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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