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La Suprema Corte DETERMINÓ mediante Jurisprudencia que los Convenios de Divorcio son ILEGALES cuando en las cláusulas contractuales se promueve un régimen de OPRESIÓN en perjuicio de las mujeres y que además se busque el poder de dominio para los hombres, esto como resultado de seguir costumbres, hábitos y normas sociales, culturales y morales que no son cuestionables y que afectan sus derechos.
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Lo anterior surge de un hecho de divorcio donde una pareja celebró un convenio, donde el hombre donó a sus hijos una propiedad y sobre éste constituyó un derecho de usufructo a favor de su exconsorte mujer, pero bajo una serie de condiciones tales como: mantenerse soltera, no recibir visitas masculinas en el inmueble y que habitara el inmueble exclusivamente en compañía de sus hijos.
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Esta resolución es ya de aplicación OBLIGATORIA en todo el país.
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