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La Suprema Corte a través de la Segunda Sala DETERMINA y concluye que corresponde al TRABAJADOR aportar las pruebas que sean necesarias para demostrar la obligación del patrón pagarle las Prestaciones Extralegales que está reclamando en su demanda.
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Aun cuando la parte demanda no haya dado contestación a la demanda y no comparezca a la audiencia respectiva, en su fase de ofrecimiento y admisión de pruebas, esto no debe generar una presunción que permita concluir que se desvaneció la obligación legal del actor de demostrar que existía la obligación del patrón para pagar las prestaciones extralegales que reclama.
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Esta tesis es de aplicación OBLIGATORIA en todo el país a partir de esta semana.
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La información que AQUÍ te presentamos deriva de los Periódicos Oficiales de la CdMx, Estado de Mex., Diario Oficial de la Federación, Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo tanto es de aplicación OBLIGATORIA
La información de hoy procede de la SCJN
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