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Se otorga Condonación del 100% en el pago pago del Impuesto sobre Nóminas a las personas Físicas o Morales que constituyan o inicien operaciones (micros o pequeñas empresas), y realicen erogaciones en dinero o en especie por remuneración al trabajo personal subordinado.

Esta condonación aplicará únicamente respecto de los primeros tres meses de la constitución o del inicio de actividades.

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Este beneficio también es para las micro y pequeñas empresas que hayan suspendido actividades desde el 01 de marzo de 2020 y reinicien sus actividades a partir del día de la entrada en vigor de este decreto.

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Para obtener este beneficio los contribuyentes deberán estar registrados, o registrarse, en el Padrón de Nóminas de la CdMx, así como realizar la declaración correspondiente a través del Sistema de Administración de Contribuciones (SAC).

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Este beneficio estará vigente hasta el 30 de diciembre del 2022

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La información que AQUÍ te presentamos deriva de los Periódicos Oficiales de la CdMx, Estado de Mex., Diario Oficial de la Federación, Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo tanto es de aplicación OBLIGATORIA

La información de hoy procede de la Gaceta de la CdMx

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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