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Se reforman 3 artículos y se agregan 3 artículos al Código Penal del EdoMex. con lo que a partir de esta semana se SANCIONARÁ de Dos a Seis años de Prisión a quien SUSTRAIGA o se APROPIE del Agua Potable de la infraestructura hidráulica (TUBERIA)
AHORA También son contempladas otras penas con respecto al delito de distribución del servicio público de agua, tales como:
- Transportar, suministrar o distribuir por cualquier medio el agua sustraída o apropiada
- Cuando la cantidad sea mayor a 500 litros, se le impondrá de 1 a 3 años de prisión y de 100 a 200 UMAS.
- Cuando la cantidad sea mayor a 500 litros, pero menor o equivalente a 5,000 litros, se le impondrá de 2 a 6 años de prisión y de 150 a 300 UMAS
- Cuando la cantidad sea mayor a 5,000 litros, se le impondrá de 4 a 8 años de prisión y de 200 a 400 UMAS (con lo que ahora robarse una pipa será Delito Grave)
- Al propietario, arrendatario o poseedor de algún predio donde exista una toma que sustraiga o se apropie del agua potable de la infraestructura hidráulica, se le impondrá de 2 a 4 años de prisión y de 150 a 300 UMAS
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Con estos cambios al Código Penal, el gobierno “dice” que busca combatir el robo de agua potable mediante tomas clandestinas y robo de las pipas de agua que personas llevan a cabo con el fin de comercializar el líquido en zonas en las se carece del servicio.
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Comparativo
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La información de hoy procede de la Gaceta del EdoMex.
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