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Esta Norma establece los requisitos mínimos de seguridad, especificaciones, métodos de prueba, marcado e información comercial que deben cumplir los calentadores de agua que utilizan como combustible Gas L.P. o Gas Natural, complementaria de otras Normas, entre otras:
Esta NOM se complementa con las siguientes normas mexicanas, o las que las sustituya:
NOM-106-SCFI-2000, NMX-X-016-SCFI-2006, NMX-X-018-SCFI-2006, NMX-Z-12/1-1987, NMX-Z-12/2-1987, NMX-Z-12/3-1987.
Se darán 180 días para su entrada en vigor ………