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La Suprema Corte de Justicia, DETERMINÓ que los jueces están obligados a expedir de oficio copias de traslado (las que se entregan a las personas o autoridades involucradas al INICIO de un juicio) sin costo para los Adultos Mayores en SITUACIÓN VULNERABLE.
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Esto es por que “dice” la Suprema Corte que la calidad de persona mayor no es una característica que necesariamente implique que la persona se encuentra en un estado de vulnerabilidad o de desventaja social, en la realidad la gran mayoría de los casos, conlleva dicho estado, y en este sentido todos los órganos jurisdiccionales tienen la obligación de proporcionar el MAYOR beneficio a las personas mayores que intervengan en los juicios de los que tengan conocimiento, el cual no debe ser categórico y general, sino que, en todo caso, dependerá de las circunstancias específicas en que se encuentre cada persona mayor.
Los jueces antes de conceder las copias deben tener presente estos aspectos:
- Las circunstancias manifestadas por la persona mayor,
- El material probatorio aportado al juicio,
- Así como las diversas presunciones humanas de vulnerabilidad, tales como: el domicilio, el nivel de ingresos o el grado de escolaridad.
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Esta resolución es de aplicación OBLIGATORIA a partir de esta semana en todo el territorio nacional.
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La información que AQUÍ te presentamos deriva de los Periódicos Oficiales de la CdMx, Estado de Mex., Diario Oficial de la Federación, Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo tanto es de aplicación OBLIGATORIA
La información de hoy procede de la SCJN
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