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Con la incorporación del Capítulo XI (8 artículos) a la Ley del Seguro Social, el cual es dedicado a las personas empleadas del hogar, se especifican y determinas los siguientes criterios:
Tres diferentes modalidades laborales:
- Entrada por Salida
- Planta
- Trabaje en diferentes domicilios
La obligación de inscribir a la trabajadora al IMSS, por tanto la persona empleadora deberá:
- Hacer el trámite de afiliación
- Aportar su cuota patronal, retiene la cuota de la trabajadora con base en el cálculo que indique la página del instituto y abona ambos montos
- Será el IMSS quien calculará la propuesta de cédula de determinación de las cuotas obrero-patronales a pagar y dichos pagos podrán hacerse Anticipadamente
- Las personas empleadoras decidirán si pagan las cuotas mensual o bimestralmente
La importancia de esta reforma es que, al contar con seguridad social, las trabajadoras pueden acudir a consultas médicas en las clínicas del IMSS y recibir medicamento gratuito ellas y sus familiares directos, pero no es sólo eso. Tienen los cinco seguros que prevé la LSS, uno de ellos es el seguro de enfermedad y maternidad, por lo que pueden ser internadas o dar a luz en sus hospitales.
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