Views: 47
.
Como te habíamos informado el pasado 16 de diciembre del 2022 surgieron Nuevas disposiciones para fumadores, que a partir de HOY entran en Vigor con respecto al consumo de tabaco en nuestro país.
.
- Los puntos de venta y demás lugares en los que se comercialicen, vendan, distribuyan, suministren o expendan productos de tabaco queda PROHIBIDA su EXHIBICIÓN directa o indirecta.
- La VENTA de cigarros o cualquier producto de tabaco será mediante una lista textual y escrita de estos productos con sus precios, sin logotipos, sellos o marcas
- Las zonas exclusivas para fumar deberán ESTAR siempre en lugares al aire libre.
- Prohibido fumar en los espacios de concurrencia colectiva. (Parques de diversiones, área de juegos para niños y adolescentes; deportivos, playas, centros de espectáculos, canchas, estadios, plazas comerciales, mercados, hoteles, hospitales, centros de salud, paraderos de transporte, etc..)
- NO se podá realizar ningún tipo de publicidad o promoción de cualquie producto de tabaco.
.
.
También puede ser de tu interés otras medidas impuestas previamente: 12 Nvas. IMAGENES de advertencia en CAJETILLAS de Cigarros…!!!
Si estas en el Extranjero nosotros somos tu mejor alternativa para velar por tus intereses.
.
Cuando necesites ayuda, asistencia o planeación legal, solicita Cita Privada Aquí
.
La información que AQUÍ te presentamos deriva de los Periódicos Oficiales de la CdMx, Estado de Mex., Diario Oficial de la Federación, Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo tanto es de aplicación OBLIGATORIA
Esta información procede del Diario Oficial
AYÚDANOS para que más personas conozcan esta información, Compártelo en tus redes sociales. 😷