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Este Antecedente:

Surge luego de que un Adulto Mayor demando en un juicio laboral, diversas prestaciones, pero posteriormente se presentó sin la asistencia de un asesor legal y aparentemente se desistió del proceso legal contra los demandados, por así convenir a sus intereses y sin reserva de acción o derecho alguno en su contra, por lo que la Junta ordenó el archivo definitivo del expediente.

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Ante lo anterior la Suprema Corte de Justicia, DETERMINÓ que. ante la posible vulnerabilidad de un Adulto Mayor en el juicio laboral, se debe GARANTIZAR que éste se encuentre debidamente asesorado, por lo que, si comparece ante la Junta sin asistencia de su asesor y se desiste de su acción, ello actualiza una violación que amerita reponer el procedimiento.

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La justificación de la SCJN, es que conforme a las fracc. II y XII del artículo 172 de la Ley de Amparo, en los juicios seguidos ante los Tribunales de Trabajo se afectarán las defensas del quejoso, entre otras, cuando haya sido falsamente representado en el juicio y cuando se trate de situaciones análogas, respectivamente; en el caso concreto, ante la omisión en que incurrió la Junta de garantizar que el actor contara con una debida asesoría al momento de apersonarse para firmar el desistimiento, implicó dejarlo en estado de indefensión; ello, tomando en consideración que el trabajador no es un experto en la materia laboral y que era un adulto mayor; es decir, se trataba de una persona en posible situación de vulnerabilidad y desventaja, debido a la categoría sospechosa en que se encontraba.

Por lo que la autoridad laboral debió considerar la normativa tanto nacional como internacional, que integra el enfoque de derechos humanos que exige proteger a los adultos mayores de aquellos actos que puedan atentar contra su dignidad, integridad, bienestar y/o desarrollo, así como a recibir un trato digno y preferente en la protección de sus derechos.

Conforme a lo previsto en la Convención Americana sobre Derechos Humanos ya que al no haberlo hecho así, se actualiza una violación procesal que trasciende al resultado del fallo y amerita reponer el procedimiento hasta la audiencia en la que se tuvo por válido el desistimiento del trabajador y se ordenó el archivo definitivo del asunto.

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Esta resolución puede ser esgrimida por quien la solicite a partir de esta semana

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La información que AQUÍ te presentamos deriva de los Periódicos Oficiales de la CdMx, Estado de Mex., Diario Oficial de la Federación, Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo tanto es de aplicación Obligatoria.

La información de hoy procede de la SCJN.

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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