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Esta Norma establece los requisitos mínimos de seguridad que deberán cumplir los aparatos de uso doméstico que se empleen para cocinar alimentos que utilicen Gas L.P. o Gas Natural, sus métodos de prueba y procedimientos.

Y es aplicable en la siguiente clasificación:

· Estufas
· Asadores
· Hornos
· Parrillas
. Y cualquier combinación de los aparatos que se mencionan anteriormente.

Entrará en vigor a partir del 15 de octubre de presente año …..

Ver Norma completa……

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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