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Esta Norma establece los requisitos mínimos de seguridad que deberán cumplir los aparatos de uso doméstico que se empleen para cocinar alimentos que utilicen Gas L.P. o Gas Natural, sus métodos de prueba y procedimientos.
Y es aplicable en la siguiente clasificación:
· Estufas
· Asadores
· Hornos
· Parrillas
. Y cualquier combinación de los aparatos que se mencionan anteriormente.
Entrará en vigor a partir del 15 de octubre de presente año …..
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