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Se adicionó el artículo 199 Bis al Código Penal del Estado de México, y ahora a quien obligue a los comerciantes del Estado de México a:

  • Comprar mercancías con determinados proveedores o
  • Vender los productos por encima del precio del mercado,
  • Se establecen las siguientes penas y multas:
  • De 6 a 10 años de prisión y multa de $103.740.00 a $155,610.00, a quien obligue a adquirir, comprar, vender o distribuir, así como imponer o fijar precios altos en bienes y servicios.
  • El delito se agrava y se sumaran más años de cárcel si se realiza en las siguientes circunstancias:
    • Si participan 2 o más personas, de 3 a 5 años de prisión y multa de $103,720.00 a $165,952.00
    • Cuando se ostenten o identifiquen como miembros de alguna asociación o grupo delictivo, de 7 a 15 años de prisión y multa de $269,672.00 a $414,880.00
    • Si es un servidor público, de 8 a 20 años prisión y multa de $311,160.00 a $518,600.00

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Con ello, “dicen” los legisladores se busca CUIDAR que los integrantes del sector comercial No se vean amenazados en sus actividades o en su ámbito familiar en especial por grupos delictivos.

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La información de hoy procede de la Gaceta del EdoMex.

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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