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Así lo determinó la SUPREMA CORTE DE JUSTICIA de la Nación a través de Primera Sala, en donde al Negar un Amparo a la abuela de un menor se determino que los INVOLUCRADOS (Cónyuge varón, madre e hijo), son los únicos que pueden solicitar la presunción de paternidad, toda vez que al presentar la propuesta otra persona se estaría dejando de lado al menor y a los padres a los únicos que compete “SUPONER” si son PADRES o HIJOS de persona en especial.