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Con modificaciones hechas a la Ley Gral. de los Derechos de niñas, niños y adolescentes, ahora se agrega el capítulo tercero (6 artículos) con lo que a partir de hoy se CREA el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, el cual estará a cargo del Sistema Nacional DIF.
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Este padrón concentrará datos de los deudores alimentarios, impidiéndoles casarse, salir del país o aspirar a cargos públicos, MIENTRAS No paguen sus deudas, Así el DIF tendrá con un plazo de 300 días hábiles para implementarlo.
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Los datos mínimos que se especificarán en el REGISTRO, el cual será público, son:
- Nombre(s) y apellidos
- CURP
- RFC con homoclave
- El órgano jurisdiccional que ordenó la inscripción
- Datos del expediente
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Esta reforma también contempla la creación de un certificado de NO Inscripción, documento que acreditará que la persona está libre de obligaciones alimentarias incumplidas, esto debido a que será un requisito en distintas instituciones de gobierno para poder realizar los siguientes trámites o procedimientos:
- Obtener:
- Licencias y permisos de conducir
- Pasaporte o documento de identidad y viaje
- Participar como:
- Candidato a cargos concejiles y elección popular
- Jueces, Magistrados tanto local o federal
- Compra-Venta de inmuebles y la constitución o transmisión de derechos ante Notario Público
- Solicitud de Matrimonio
Para obtener este Certificado el gobierno habilitará una página de internet que lo expedirá.
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