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La Suprema Corte de Justicia de la Nación, DETERMINÓ NO USAR más el vocablo “MENORES” al REFERIRSE a niñas, niños y adolescentes en cualquier situación jurídica esto con el fin de respetar el principio de su interés superior y el derecho a la igualdad y no discriminación.

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La justificación de la SCJN a lo anterior, es en virtud de que la palabra MENOR implica una situación relacionada con jerarquías, en la que siempre habrá alguien mayor, es decir, hace referencia a una comparación con algo que se considera superior.

Tal como se señala en el Protocolo para Juzgar con Perspectiva de Infancia y Adolescencia, emitido por la misma Corte y en ese ámbito jurídico, revela una visión tutelar hacia las personas y las limita en su autonomía, por lo que reconocerlas con el término específico de niñas, niños o adolescentes, según sea el caso, resulta fundamental para estimarlas titulares de derechos.

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Además, de que los Jueces los nombren en sus resoluciones como personas con

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Esta determinación es de aplicación OBLIGATORIA en todo el territorio nacional a partir de esta semana.

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La información de hoy procede de la SCJN

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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