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Con la reforma al artículo 38 de la Constitución Política a partir de hoy 30 de mayo, les serán SUSPENDIDOS sus DERECHOS a las PERSONAS que pretendan ocupar un cargo, empleo o comisión en el servicio público cuando tengan Sentencia firme por los siguientes delitos:
- Contra
- La vida e integridad corporalLa libertad y seguridad sexual
- El desarrollo psicosexual
- Violencia Familiar, equiparada o doméstica
- Violación a la intimidad sexual y
- Violencia Política contra las mujeres en razón de género.
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Así mismo, señala que la persona declarada Deudor Alimentario MOROSO, NO podrá ser registrada como candidata para contender un a cualquier cargo de elección popular ni podrá ser nombrada para cualquier cargo público.
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Con lo anterior “dicen” las autoridades se busca que ninguna persona que violente a las mujeres TENGA alguna responsabilidad política.
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En los 180 días naturales siguientes a la entrada en vigor, el Congreso de la Unión y los Estados deberán ajustar sus Constituciones y demás legislación que sea necesaria, a fin de dar cumplimiento al presente Decreto.
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