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La Suprema Corte de Justicia a través de su Segunda Sala, señaló que la facultad del TRIBUNAL para DESIGNAR, uno o varios peritos oficiales para el desahogo de las pruebas en un juicio laboral respeta los derechos al debido proceso y de audiencia.
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Ya que con la reforma de 2017, en el juicio laboral, el peso de la prueba recae en el perito oficial; sin embargo, esto no impide que la partes puedan presentar otro tipo de pruebas o que sean acompañadas por un experto o especialista que, con el carácter de asesor, los auxilie a cuestionar u objetar el dictamen pericial. En caso de que el trabajador no pueda pagar al asesor, puede solicitar uno a la Defensoría Pública o a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo.
Además, el tribunal laboral goza de libertad para valorar las pruebas periciales ofrecidas. Por lo tanto, no tiene que ceñirse de forma obligada a lo presentado por el perito oficial en su dictamen, pues la Ley Federal del Trabajo lo faculta para designar a los peritos que estime necesarios para desahogar la prueba.
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Esta RESOLUCIÓN puede ser ARGUMENTADA por quien la solicite
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La información de hoy procede de la Suprema Corte de Justicia
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