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Se reforman los artículos 10 y 27 de la Constitución de esta ciudad, Ahora por LEY será obligatorio que NINGUNA PERSONA que pretenda ejercer empleo, cargo o comisión en el servicio público o que pretenda registrarse como candidata (o) a cargos de elección popular, Deberán NO tener:

  • Sentencia firme por la comisión intencional de los delitos:
    • Contra la vida o integridad corporal; contra la libertad, seguridad sexual y normal desarrollo psicosexual y
    • Violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, y violación a la intimidad sexual; por violencia política contra mujeres en razón de género en cualquier modalidad; o
    • Estar en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

Así mismo se deberá establecer los mecanismos necesarios para que los partidos políticos GARANTICEN la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia política en razón de género en sus procedimientos.

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Con lo anterior se atiende al mandato de la reforma Constitucional Federal del 29 de mayo del presente año, armonizando los ordenamientos locales con aquellos que esclarecieron que NINGUNA persona agresora o ausente con sus responsabilidades alimentarias es idónea para ejercer cargos públicos.

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La información de hoy procede de la Gaceta de la CdMx.

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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