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El ANTECEDENTE

Surge luego de que un trabajador promovió juicio de amparo directo contra la resolución de un Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales el cual determinó que procedía admitirle al Patrón las pruebas presentadas, aún sin haber hecho la contestación de la demanda en tiempo y forma, esto conforme al artículo 873-A de la Ley Federal del Trabajo, alegando que tal disposición le resultaba absurda.

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Por lo que la Suprema Corte de Justicia a través de su Segunda Sala, DETERMINÓ que el artículo 873-A, párrafo séptimo, de la LFT, NO es contrario al principio de Igualdad y resulta razonable en el nuevo modelo de justicia laboral, dado que no regula situaciones similares en las que participen las partes (actor y demandado) en un juicio laboral.

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La justificación de la SCJN es que el párrafo séptimo del artículo citado de la Ley Federal del Trabajo tiene como finalidad sancionar a la parte demandada SIN dejar de garantizar una defensa adecuada y un equilibrio entre los factores de la producción y la justicia social.

Además, de que maximiza los principios de realidad, verdad sabida y buena fe guardada, aplicables en materia laboral, los cuales buscan que se dicten sentencias con base en hechos reales, aunado a que la posibilidad de ofrecer pruebas en el supuesto que prevé no resulta excesiva, ya que está limitada a la audiencia preliminar, etapa del procedimiento laboral que se relaciona con el ofrecimiento, admisión o desechamiento de pruebas.

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Esta RESOLUCIÓN es de aplicación OBLIGATORIA en toda la república a partir de esta semana.

Jurisprudencia Laboral

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La información de hoy procede de la Suprema Corte de Justicia

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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