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Estas Reglas son OBLIGATORIAS para TODOS Quienes trabajen en el sistema de salud y para TODOS aquellos que practiquen la ENFERMERIA de forma independiente ………….
Solo deben considerarse Enfermeras(os): Las personas que HAN CONCLUIDO SUS ESTUDIOS de nivel superior en el área de la enfermería, en alguna institución perteneciente al Sistema Educativo Nacional Y SE LE HA EXPEDIDO CÉDULA DE EJERCICIO.
7 Reglas para dar atención según el grado de ESTUDIOS:
1.
Las actividades en apoyo a la atención de las necesidades básicas de COMODIDAD E HIGIENE del paciente o actividades relacionadas con la preparación de equipo y material, CORRESPONDEN PREFERENTEMENTE AL PERSONAL NO PROFESIONAL, quien debido a su nivel de capacitación debe ejecutar cuidados de baja complejidad delegados y supervisados por personal técnico o profesional de enfermería, su función primordial es de colaborador asistencial directo o indirecto de los profesionistas de la salud. El personal no profesional está facultado para realizar intervenciones de enfermería interdependientes.
2.
La prestación de SERVICIOS DE ENFERMERÍA que corresponden a los profesionales técnicos de enfermería en el ámbito hospitalario y comunitario, dada su formación teórico-práctica SON LOS CUIDADOS DE MEDIANA COMPLEJIDAD que los faculta para realizar acciones interdependientes derivadas del plan terapéutico e independientes como resultado de la aplicación del proceso atención enfermería. Su función sustantiva es asistencial y las adjetivas son de colaboración en las funciones administrativas y docentes.
3.
La prestación de servicios de enfermería de naturaleza INDEPENDIENTE O INTERDEPENDIENTE en un campo específico de la enfermería, corresponde A LOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS EN ENFERMERÍA, debido a que por su nivel académico, este personal está facultado para otorgar cuidados de mediana complejidad que han sido determinados como resultado de la valoración del equipo de salud y establecidos en el plan terapéutico. Su función sustantiva es asistencial en un campo específico y las adjetivas son las docentes, de administración y de colaboración en proyectos de investigación.
4.
La prestación de los SERVICIOS DE ENFERMERÍA CON PREDOMINIO DE ACCIONES INDEPENDIENTES derivadas de la aplicación del proceso de atención de enfermería en los ámbitos hospitalario o comunitario, CORRESPONDE AL LICENCIADO EN ENFERMERÍA, debido a que su formación de nivel superior lo faculta para desarrollar un plan de intervenciones que puede valorar, ejecutar y evaluar. Es capaz de interactuar de manera interdependiente y desarrollar acciones derivadas del plan terapéutico. Su nivel académico lo hace competente para otorgar cuidados de mediana complejidad de predominio independientes. Cuenta con las competencias para colaborar en la formación de recursos humanos para la salud y para la realización de investigaciones de predominio operativo. Su función sustantiva es asistencial y las adjetivas son las docentes, de administración y de colaboración en proyectos de investigación.
5.
La prestación de servicios de enfermería con predominio de acciones independientes derivadas de la aplicación del proceso de atención de enfermería EN LOS SERVICIOS ESPECIALIZADOS DE LA ATENCIÓN a la salud, corresponde al PERSONAL DE ENFERMERÍA CON ESTUDIOS DE POSGRADO en un área específica de la práctica profesional, debido a que cuenta con los conocimientos necesarios para desarrollar un plan de intervenciones independientes que pueda valorar, ejecutar y evaluar proporcionando cuidados de alta complejidad que se deriven del plan terapéutico interdisciplinario. Su ámbito de aplicación son unidades hospitalarias o comunitarias. Aplica modelos tendientes a incrementar la calidad del cuidado, promueve la utilización de modelos y técnicas innovadoras en su especialidad, así como la investigación de su práctica y la aplicación de hallazgos, incluyendo relaciones o colaboraciones interdisciplinarias o multidisciplinarias con profesiones vinculadas a la práctica de enfermería o a un tema o área de investigación aplicada. Su función sustantiva es la asistencial y las adjetivas son las docentes, de administración y de colaboración en proyectos de investigación.
6.
La prestación de servicios de enfermería, relacionada con los roles de educador, investigador, consultor o asesor en los temas clínicos, de la salud pública, bioéticos o legales implícitos en la atención del personal de la salud con un nivel de participación y liderazgo, LE CORRESPONDEN AL PERSONAL DE ENFERMERÍA CON MAESTRÍA, debido a que por su grado de formación con estudios avanzados posteriores a la licenciatura en un área específica, lo faculta para asumir esos roles. Identifica problemas de la práctica y sistemas de cuidado que requieran ser estudiados. Colabora en la generación de nuevos conocimientos y en estudios interdisciplinarios o multidisciplinarios. Su función sustantiva es de docencia, administración e investigación
7.
La prestación de servicios de enfermería, relacionada a las ACCIONES PARA GENERAR CONOCIMIENTO EN LAS DIFERENTES ÁREAS DE LA SALUD, corresponde al PERSONAL DE ENFERMERÍA CON DOCTORADO, debido a que por su grado de formación con estudios avanzados de posgrado en un área específica, está facultado para dirigir estudios de investigación interdisciplinaria o multidisciplinaria. Aporta evidencias científicas para la formulación de políticas que mejoren la calidad y la seguridad de los pacientes, así como para la formación de recursos humanos para la salud. Su función sustantiva es de investigación.
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