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Después de 9 años, hay una NUEVA Ley de Movilidad en el Edomex, la cual entra en vigor a partir de esta semana, cuenta con 110 artículos divididos en 5 títulos, y con ella se busca garantizar un sistema integral óptimo de movilidad, infraestructura vial, servicios de transporte, vehículos y transporte público.

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Lo más destacado de esta nueva ley es:

  • La creación del Sistema Estatal de Movilidad y Seguridad Vial.
    • Las autoridades tienen 90 días hábiles a partir de la entrada en vigor para integrarlo
    • 180 días para emitir el Programa Estatal de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte.

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  • Certificación de conductores,

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  • Tener un nuevo enfoque de movilidad con perspectiva de género.

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  • Límites de velocidad tales como:
    • 20 km/hora será la velocidad máxima en zonas de hospitales, asilos y escuelas.

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  • Conductores de motocicletas y bicicletas
    • Obligatorio el uso de casco protector para conductores y pasajeros

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  • Transporte Público
    • Renovación del parque vehicular por unidades eléctricas
    • Menores de 5 años viajaran de manera gratuita
    • Operadores deberán brindar un servicio amable, contar con licencia vigente, evitar usar el celular y estar debidamente certificados.

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  • Regulación de Transporte por Apps
    • Regular el servicio de transporte bajo la modalidad de aplicaciones móviles.
    • Registro obligatorio de vehículos y conductores que presten este servicio.
    • Las empresas de app deberán mantener visibles en todo momento las tarifas de cobro en sus plataformas digitales.

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  • Para nuevas concesiones se requerirá capacitación de operadores, INCLUSIÓN de mujeres conductoras y contratar pólizas de seguro que indemnicen daños a usuarios.

Queda abrogada la ley de movilidad del 2015.

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Da click aquí para ver la nueva Ley completa…

https://legislacion.edomex.gob.mx/sites/legislacion.edomex.gob.mx/files/files/pdf/gct/2024/mayo/may211/may211c.pdf

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La información que AQUÍ te presentamos deriva de los Periódicos Oficiales de la CdMx, Estado de Mex., Diario Oficial de la Federación, Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo tanto es de aplicación OBLIGATORIA.

La información de hoy procede de la gaceta del EdoMex.

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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