Views: 3

.

.

Se expiden 2 NUEVAS Leyes para la Protección del AMBIENTE en la CdMx, ambas entran en vigor a partir de esta semana.

.

La nueva Ley Ambiental, cuenta con 332 artículos divididos en 6 títulos y con ella se busca garantiza el cuidado del Medio Ambiente.

Lo destacado de esta es:

  • Queda PROHIBIDA la PRIVATIZACIÓN del AGUA en cualquier modalidad; así como los servicios que derivan de su suministro y cobro, por lo que la gestión del agua es pública y sin fines de lucro.
  • Fomento de la CAPTACIÓN DE AGUA PLUVIAL; el tratamiento y reutilización de AGUAS RESIDUALES para actividades que no requieren de líquido potable.
  • Participación Ciudadana en la toma de decisiones.
  • Quien o quienes provoquen daños al medio ambiente, serán obligados a restituir, restaurar o compensar las afectaciones.
  • Sanciones:
    • Amonestación
    • Multas hasta por más de $10 millones de pesos (De 20 a 100,000 UMAS)
    • Arresto por 36 horas
    • Decomiso de Vehículos, equipos, herramientas, etc.
  • Queda sin efecto la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en la CdMx.
  • 180 días para expedir su Reglamento.

.

La nueva Ley de RESPONSABILIDAD Ambiental, cuenta con 83 artículos divididos en 6 títulos

Lo destacado de esta es:

  • Procedimiento Judicial de Responsabilidad Ambiental, ejercer la acción y demandar judicialmente la responsabilidad ambiental, la reparación integral y el pago de la sanción económica a las personas físicas y morales que causen daños al ambiente.
  • La Responsabilidad Ambiental prescribirá en 12 años, contados a partir del día en que se conozcan los efectos del daño al ambiente.
  • Se creará un Fondo Ambiental Público de la Ciudad de México, con el objeto concentrar los recursos obtenidos por el pago de la reparación de los daños causados a los elementos naturales del ambiente derivados, de las resoluciones dictadas por las autoridades jurisdiccionales
  • Sanciones Económicas contra quienes ocasionen daños a los elementos naturales de la capital, ya sea por actos u omisiones ilícitas culposas o dolosas, y cuya multas pueden alcanzar los 5 millones 428 mil 500 pesos, en el caso de particulares, y hasta 65 millones 142 mil pesos, para empresas.

.

Da click aquí 👇para ver las leyes completas…

https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/portal_old/uploads/gacetas/1640aeed568985b08f3c4aca9ac2d6f6.pdf

.

Si estas en el Extranjero nosotros somos tu mejor alternativa para velar por tus intereses, escríbenos o llámanos al Tel 55581-11311.

.

Cuando necesites ayuda, asistencia o planeación legal, solicita Cita Privada Aquí

La información que AQUÍ te presentamos deriva de los Periódicos Oficiales de la CdMx, Estado de Mex., Diario Oficial de la Federación, Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo tanto es de aplicación OBLIGATORIA

La información de hoy procede de la Gaceta de la CdMx.

AYÚDANOS para que más personas conozcan esta información, Compártelo en tus redes sociales.

Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

error: Evita copiar el contenido, mejor compartelo