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Para quienes hacen uso de los tribunales, ahora pueden firmar escritos electrónicamente a través de la efirma o la Firel pero también a través de las firmas electrónicas que proporcionan los poderes judiciales estatales siempre que cuenten con ese servicio.
Tal es el caso del Poder Judicial de la Ciudad de México, el cual publicó los lineamientos para regular el USO de la “FIRMA JUDICIAL”.
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Dicha firma es y podrá ser usada tanto por Servidores Públicos, Abogados y Público en general, para su trámite o renovación deberán seguir los siguientes pasos:
- Ingresar a https://firmajudicial.poderjudicialcdmx.gob.mx/Solicitudes/Externo
- Instalar generador de requerimientos.
- Llenar solicitud con:
- datos de identificación,
- identificación oficial,
- comprobante de domicilio.
- La solicitud será analizada y se enviará acuse de recibo con su folio, así como fecha y hora para su presentación en la unidad que le corresponda.
Para llevar a cabo la RENOVACIÓN se debe ingresar en la siguiente página: https://firmajudicial.poderjudicialcdmx.gob.mx/Renovacion
Al hacer USO de la “FIRMA JUDICIAL” los documentos tendrán el mismo valor que los que cuentan con firma autógrafa y su uso comenzará conforme sea tramitada por las personas usuarias por lo que hasta entonces podrán utilizar la FIREL y/o la e.Firma.
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Es importante señalar que donde se use la Firma Judicial se DEBERÁ señalar un correo electrónico para recibir notificaciones personales, realizar la consulta de expediente en forma electrónica y al promover un documento electrónico se debe manifestar si lo hace por propio derecho o en representación de una persona física o moral. Su vigencia es por cuatro años y su renovación debe hacerse 30 días ANTES de su vencimiento.
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Estos lineamientos también señalan que serán causa de REVOCACIÓN las siguientes:
- Muerte.
- Resolución.
- Error en la emisión de la firma.
- Haya inexactitudes en los datos del solicitante.
- Cumplir su vigencia
- Solicitud del Titular.
- A los servidores públicos por la conclusión de su puesto.
Da click aquí para ver los requisitos completos…
https://www.poderjudicialcdmx.gob.mx/wp-content/uploads/CIRCULAR_CJCDMX_24_2024.pdf
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La información que AQUÍ te presentamos deriva de los Periódicos Oficiales de la CdMx, Estado de Mex., Diario Oficial de la Federación, Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo tanto es de aplicación OBLIGATORIA
La información de hoy procede del Poder Judicial de la CdMx.
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