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Se reforman los artículos 4, 21, 41, 73, 116, 122 y 123 de la Constitución se GARANTIZA el DERECHO a una vida libre de violencias a las mujeres, adolescentes, niñas y niños.
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Además, se ESTABLECE la perspectiva de género en materia de seguridad pública.
De igual manera, se faculta a las autoridades FEDERALES para conocer tanto las medidas de protección para las mujeres, como para saber u observar delitos de fuero común.
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Estos cambios también contemplan ESTABLECER Fiscalías ESPECIALIZADAS en Delitos de Violencia hacia las Mujeres; AMPLIAR la paridad de género en los gobiernos estatales, municipales, así como en los órdenes de la administración pública; y se contribuirá a ERRADICAR la brecha salarial.
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Qué es la Igualdad sustantiva para las mujeres:
Se refiere a la modificación de las circunstancias que impiden a las mujeres ejercer plenamente sus derechos y acceder a oportunidades de desarrollo. Lo cual se logra mediante medidas estructurales, legales o de políticas públicas.
En términos simples, no solo se trata de tener leyes que proclamen la igualdad, sino de asegurar que, en la práctica, las mujeres tengan las mismas oportunidades y derechos que los hombres en todos los aspectos de la vida. Esto incluye eliminar obstáculos como la discriminación, mejorar la situación real de las mujeres con políticas efectivas y combatir estereotipos y relaciones desiguales.
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Da click aquí para ver la reforma completa…
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5743185&fecha=15/11/2024#gsc.tab=0
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