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Con el objeto regular la Constitución, Funcionamiento, Fomento y Desarrollo de las Instituciones de Asistencia Privada se publican las REGLAS para la “Certificación de Instituciones de Asistencia Privada” en las cuales se describe las etapas, fases y pautas necesarias para desarrollar la actividad de Asistencia Privada y las cuales entran en vigor en este mes.
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Aquí algunos de los aspectos importantes de dichas Reglas que todas las Instituciones de Asistencia Privada deberán cumplir y las cuales se tendrán que rectificar cada año ante la Junta de Asistencia Privada del Estado de México.
** Para obtener la certificación las I.A.P., deben cumplir con las disposiciones siguientes:
Disposiciones asistenciales:
Cumplir con su objeto asistencial.
Disposiciones contables:•
• Contar con sus estados financieros del ejercicio inmediato anterior, en el sistema contable que determine la JAPEM.
• Realizar el pago de la cuota del cinco al millar del trimestre anterior a la visita, entregando reportes para el cálculo de la misma.
▪ Contar con el presupuesto de ingresos, egresos e inversiones en activos fijos del ejercicio actual, presentado en el
formato proporcionado por la JAPEM.
• Contar con el inventario de bienes muebles e inmuebles del ejercicio actual, con copia de los documentos que
acrediten su propiedad.
• Contar con la opinión favorable emitida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Disposiciones jurídicas:
Contar con declaratoria de constitución debidamente protocolizada (con sus anexos) y registrada en el Instituto de la
Función Registral del Estado de México.
Contar con protocolo que acredite su patronato vigente.
• Acreditar la situación jurídica del inmueble donde se lleva a cabo la labor asistencial de !a 1.A.P.
• Contar con registros de la administración de los recursos financieros de la I.A.P., a través del contrato de la cuenta
bancaria.
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También habrá visitas para verificar que las obligaciones de la Instituciones de estén cumpliendo.
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Ver acuerdo completo a partir de la pág. 19……
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