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Debemos tomar en cuenta que el Programa “Fianzas de Interés Social” consiste en el otorgamiento gratuito de pólizas que expidan las afianzadoras permitidas por la Ley y las presentes reglas deberán ser tomadas en cuenta para determinar si dichas personas que se encuentran en Procesos Penales pueden ser beneficiadas por este programa.
Ya que a veces el carecer de recursos económicos los procesados no pueden acceder a la libertad provisional, en tanto se dicte la resolución de su proceso.
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Los tipos e importes de los apoyos son de hasta $40,000.00 (Cuarenta mil pesos 00/100 M.N.) por póliza en casos de delitos patrimoniales y no patrimoniales, estas serán a través de la Afianzadora Insurgentes.
Y de $20,000.00 (Veinte mil pesos 00/100 M.N.) para delitos patrimoniales, a través de Telmex Reintegra.
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Es importante señalar que cuando la Ley conceda este beneficio, también se deberán cumplir los siguientes requisitos establecidos por las Afianzadoras.
Requisitos y restricciones de los beneficiarios
** Tener designado un Defensor Público.
** Que el imputado tenga ingresos mensuales menores a 150 días de salario mínimo vigente
en el área geográfica donde radique el proceso.
** Que el monto de la fianza fijado por el Juez, quede comprendido dentro del límite
autorizado por el Estado.
** Se expedirán para delitos, cuyos procesos alcancen el beneficio de libertad, excluyendo los
delitos sexuales, contra la salud, homicidio doloso, secuestro, privación de libertad,
retención, sustracción de hijo, motín y extorsión.
** Que se expida gratuitamente y con base en las políticas de los convenios suscritos con las
afianzadoras que proporcionan el servicio de pólizas.
** No se otorgarán fianzas de interés social por el concepto de reparación del daño.
Estas reglas entran en vigor a partir del mañana 22 de marzo del presente.
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